Finanzas Personales

¿Quién paga las reparaciones de un piso de alquiler?

Somos muchas las personas que vivimos en pisos o casas de alquiler y no siempre tenemos claro quién tiene que pagar las reparaciones o averías que surjan en el inmueble: el propietario o el inquilino.

reparaciones a pisos de alquiler

Reparaciones en viviendas de alquiler

A lo primero que debemos recurrir es al contrato de alquiler y a lo que en él se haya recogido. Si ya has vivido en varias casas de alquiler o si ya has tenido algún problema referente a las averías, seguro que cuando firmas un nuevo contrato te fijas bien en las cláusulas.

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Lo mejor es dejar estos temas claros antes de entrar a vivir y si es posible, sacar fotografías de cómo estaba la vivienda cuando la arrendas y pactar quién se hará cargo de los gastos derivados de las averías. En los contratos estándar ya suele venir una cláusula sobre las averías o reparaciones. De todas maneras, te recomiendo que leas la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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El origen de las reparaciones

Cuando las reparaciones son por mejora o conservación de la vivienda siempre se hará cargo el propietario excepto cuando este arreglo se tenga que hacer por un mal uso de los inquilinos. Si es una obra que hay que realizar por la mella que ha hecho el tiempo en la vivienda también deberá pagarla el dueño de la casa.

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En cuanto haya un problema en la vivienda lo primero que debemos hacer es avisar al dueño y exponer el problema, así sabremos su postura y además evitaremos que el «problema» vaya a más. Por ejemplo, cuando hay una grieta, una fuga de agua o cuando empieza a fallar un electrodoméstico.

 

Artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Conservación de la vivienda.

  1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil”

Las averías que surjan por el desgaste derivado del uso diario tendrán que ser pagados por el inquilino. Por ejemplo: si se funden las bombillas, si se quema la batidora, si se rompe la persiana… En todos casos, si vas a recurrir a un profesional pide siempre varios presupuestos y compara precios.


Hay arreglos que puedes hacerlos tú misma:


Averías en los electrodomésticos

Cuando lo que se estropea en casa es un electrodoméstico propiedad del dueño de la vivienda correrá con los gastos el arrendador (propietario) a menos que la avería surja por un mal uso o por un daño hecho adrede por el arrendatario (inquilino). Para estas cosas lo mejor es que una de las dos partes tenga contratado un seguro del hogar.

Y hasta aquí información que espero que te resulte útil 🙂

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1 comentario

  • 10 diciembre, 2020

    Fco. Javier

    En el tema de reparaciones de una vivienda en alquiler está claro que ”TODO" lo que hay que arreglar o reparar se adjudica al propietario. Hablar de las condiciones que se incluyan en el contrato en relación al tema reparaciones no tiene sentido. Saludos.

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