Con motivo de la situación excepcional que estamos viviendo son muchos los autónomos que están pasando por una situación económica complicada por eso, y para intentar paliarla en la medida de lo posible, el pasado 1 de Julio se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.
Ayudas para autónomos desde Julio
¿Quienes pueden solicitar estas ayudas?
Aquellos autónomos que:
- Van recuperando su actividad
- Mantienen la reducción de su facturación.
- Eres autónomo de temporada.
Los autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria y que han retomado su actividad ¿pueden solicitar estas ayudas?
Sí, se beneficiarán automáticamente de una exoneración en las cuotas a la Seguridad Social de los meses de julio, agosto y septiembre.
¿Puedo seguir cobrando la prestación si he reanudado mi actividad pero facturando poco a nada?
Los autónomos cuyos ingresos hayan caído en un 75 % respecto al mismo periodo en 2019 (o sus rendimientos netos sean inferiores en 1,75 veces el SMI) podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad.
¿Cuál es la cuantía de la prestación ordinaria por cese de actividad?
Alcanza el 70% de la base reguladora.
Si crees que puedes beneficiarte de alguna de estas ayudas o quieres ampliar información te recomiendo que entres en la web que la Secretaría de Estado de la Seguridad Social ha habilitado con las dudas más frecuentes así como el Real Decreto que reúne todas las ayudas.