Ayudas y Subvenciones

Ayuda para el cuidado de familiares dependientes

Si alguien de tu familia ha caído enfermo y has decidido que te harás cargo de su cuidado sin tener una formación específica en un domicilio debes saber que podrás optar a una prestación económica para compensar los gastos generados en ese cuidado.

ayuda para cuidadores no profesionales

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Se trata de una ayuda económicagestionada por las comunidades autónomas, para los cuidados en el entorno familiar y para el apoyo a cuidadores no profesionales. Tiene un carácter excepcional y su finalidad es contribuir en los gastos derivados de la atención a la persona en situación de dependencia.

Prestación para cuidadores no profesionales que se encarguen de la atención de familiares dependientes

Esta ayuda está dentro del catálogo de pestaciones de la Ley de Dependencia. Está destinada a las personas que hagan el papel de cuidor profesional, que lo hacen por necesidad, no porque se dediquen profesionalmente a ello y el titular será quién reciba los cuidados, es decir, quién tenga aprobada la dependencia en cualquier grado.

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La persona que necesita los cuidados debe vivir en un domicilio particular con las condiciones necesarias (no en una residencia o institución) y los cuidados que recibe deben de ser los adecuados a sus necesidades.

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Requisitos para ser beneficiario de esta ayuda

  • Ser mayor de edad y residente en España.
  • Disponer de tiempo para cuidar a la persona dependiente.
  • Comprometerse a realizar los cuidados durante un año como mínimo.
  • Realizar los cuidados por mantener una relación familiar o de amistad, no porque haya un contrato por medio.
  • Cuando no haya alrededor otro recurso al que acogerse.
  • Estar capacitado física y psicológicamente para realizar los cuidados.

Ley de Dependencia

Cuantía

Dependerá de la Comunidad Autónoma en la que residas y del grado de dependencia reconocido dentro de los baremos de la Ley Dependencia (se valora en función de la autonomía para realizar las actividades básicas de la vida diaria). También variará en función de las horas que le dedicarás: jonada completa o parcial.

Fuente y más información: Servicios Sociales Comunitarios o trabajador social del Centro de Salud.

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