Noticias

¿Qué vehículos tendrán que pasar la nueva ITV?

El pasado 1 de junio de 2021 entraron en vigor varias novedades respecto a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) pero cada cierto tiempo se van añadiendo otras medidas que deben superar los coches para seguir circulando por las carreteras españolas con el fin de garantizar la seguridad y que traen de cabeza a los conductores.

novedades ITV

La última prueba que se ha implantado es la del control de emisiones a través del sistema OBD, pero no todos los vehículos estarán obligados a pasarla, dependerá de la fecha de matriculación. Consulta también el post «Indemnizaciones de hasta 9.000€ para los afectados por el cártel de concesionarios».

El sistema OBD (On Board Diagnostics) se utiliza para obtener un diagnóstico a bordo en vehículos. Mediante este sistema de lectura los profesionales de la ITV podrán monitorizar el motor y comprobar el nivel de emisiones de los vehículos.

publicidad

“cursogratisfinanzas”

¿Qué coches quedarán excluidos de la prueba de emisiones?

Los vehículos a los que obligatoriamente le realizarán la prueba de control de emisiones con el sistema OBD son los matriculados a partir del 1 de enero de 2011 y a los industriales desde el 1 de enero de 2014. Pero los expertos aseguran que no debe generar alarma.

Multas relacionadas con la ITV

Este año han variado las multas a las que nos exponemos relacionadas con la ITV, que pueden ir desde los 200 a los 500 euros.

  • ITV caducada: desde que entran en vigor los últimos cambios, el 1 de junio de 2021, tener la ITV caducada conllevará una sanción de 200€ y será de obligado cumplimiento pasarla, incluso si el coche está aparcado en un garage o en la vía pública y no lo utilizamos.

novedades ITV

  • Si el resultado de la ITV es desfavorable por defectos graves tendremos un plazo de dos meses para volver a pasarla. Si se detecta al conductor circulando y no se dirige al taller la multa será de 200€.

 

  • Con la Inspección Técnica de Vehículos negativa (defectos muy graves) se impide la circulación del vehículo y habrá que trasladarlo en grúa. Si se circula con él (aunque fuese para ir al taller) y te paran las autoridades la multa sería de 500€.

También te interesará

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Para enviar el comentario debes marcar la casilla aceptando las condiciones: en cumplimiento con la ley RGPD cuando envías un comentario se recopila tu id y tu email con la finalidad de poder moderar eficientemente los comentarios y evitar cualquier acción que altere el buen ambiente de nuestra comunidad.

El sistema guarda en una cookie esa información, de esta forma no tendrás que introducir de nuevo tus datos si quieres dejar un nuevo comentario.

Puedes consultar nuestra política de cookies y la política de privacidad.