Subsidio para mayores de 55 años
Hace unas semanas nos escribía Lourdes, una ahorradora de Córdoba, y nos comentaba que tiene 56 años y se encuentra en paro. Nos pedía que escribiésemos un post para la sección AYUDAS Y SUBVENCIONES en el que tratásemos alguna ayuda para personas de su edad que se encuentren en situación de desempleo y no estén percibiendo ninguna ayuda económica.
Después de hablar un rato con ella me puse manos a la obra y encontré este subsidio para mayores de 55 años. ¡Espero que os sea muy útil!
Requisitos para acceder al subsidio para mayores de 55
- Al principio era una ayuda para mayores de 52 años pero en 2012, con la reforma laboral, pasó a estar dirigido a mayores de 55 años que se encuentren en situación de desempleo.
- Debéis estar inscritos como demandantes de empleo durante un mes y no haber rechazado las ofertas que os pasen desde el INEM ni cursos formativos salvo causas justificadas.
- No tener rentas propias ni familiares superiores al 75% de salario mínimo interprofesional (SMI). Es decir, no superar los 530€ de media por cada miembro de la unidad familiar.
- Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años en toda la vida laboral.
- Hay también casos especiales:
- Ser emigrante retornado sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
- Ser liberado de prisión
- Ser declarado capaz por revisión de su situación de invalidez
El importe a percibir es de 430,27€ al mes y la solicitud se debe presentar en la web del SEPE o en la oficina de empleo que os corresponda con cita previa. En este link podéis descargaros el impreso para solicitar el subsidio.
La ayuda la podréis cobrar hasta que encontréis otro empleo o hasta que os jubiléis. Este es el único de los subsidios en los que al mismo tiempo se sigue cotizando para la jubilación. Fuente y más información SEPE.
Aprovecho para dejaros también todas las ayudas a la maternidad que se han puesto en marcha en 2017. Y no olvidéis que podéis seguirnos en las siguientes redes sociales:
¡Feliz ahorro ? !
2 comentarios
7 febrero, 2018
Roberto
Buenas Belen. Una pequeña duda… Cobro la ayuda >55 años. Tengo un hijo menor de 26 años, que ha tenido un contrato de 1 mes y actualmente otro también de 1 mes. A la hora de calcular el 75% del SMI y multiplicarlo por los que somos en casa, surge una duda. En su nómina, antes del total del salario bruto, le sale una cantidad de prorrata paga extra. Abajo de la nómina, en Bases Cotización CC sale otro apartado “Prorrata paga extra”. ¿Con qué cantidades tengo que hacer el calculo? Si ya en el salario bruto, hay incluida parte de una paga, ¿También hay que sumar la cantidad del apartado Bases Cotizacion CC? Espero haberme explicado correctamente. Gracias.
2 abril, 2020
Yadilex ganaim
Quiero saber si puedo cobrar la ayuda me pararon más no me dieron de baja